Plena Inclusión defiende en el Congreso el derecho al voto de las personas con discapacidad intelectual, con apoyos y garantías legales
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El presidente de Plena inclusión, Santiago López, mostró ayer en su comparecencia en la subcomisión del Congreso para la reforma de la LOREG, los argumentos de esta organización contra la discriminación de las personas con discapacidad intelectual a la hora de ejerecer su derecho al voto, haciendo hincapié en la necesidad de adaptar los procedimientos electorales para garantizar que sean «adecuados, accesibles y fáciles de entender y utilizar».
La Subcomisión del Congreso encargada de tramitar la proposición de Ley de Reforma de la LOREG aprobada el pasado mes de noviembre de forma unánime por los grupos parlamentarios, se reunió ayer con representantes del CERMI y de Plena inclusión con el fin de conocer el posicionamiento de estas organizaciones.
Durante su comparecencia, el presidente de Plena inclusión Santiago López, ofreció varias razones clave para defender un cambio legislativo que acabe definitivamente con la discriminación de las personas con discapacidad intelectual en el ejercicio de su derecho al voto. Personas a las que “resulta indiscutible que, si les negamos sus derechos políticos, les negamos su condición de ciudadanas”.
El primero de estos argumentos clave es que “en España la privación del derecho está basada en la existencia de una discapacidad. Este debe ser un límite intraspasable para un gobierno democrático”. Un informe realizado por el Comité de Bioética de España, a petición del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, afirma que justificar la imposibilidad de votar en un nivel mínimo de conocimientos o capacidad “resulta inadmisible, pues podría constituir una discriminación por razón de discapacidad el que estos conocimientos sólo se evalúen a las personas con discapacidad intelectual y no a las demás.” Por lo tanto, afirma López: “la realización de exámenes de capacidad para votar, no está justificada si no se hace en condiciones de igualdad a toda la población”.
Para Santiago López esta evaluación esta impregnada además “en la creencia o prejuicio erróneo de que las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo no pueden tomar decisiones adecuadas o participar en los asuntos públicos”. Lo cierto, continuaba el presidente de Plena inclusión, “es que inevitablemente se está privando del derecho al voto a personas capaces, porque sólo el 5% de las personas con discapacidad intelectual presentan necesidades extensas de apoyo, lo que significa que el 95% restante presenta una discapacidad leve o moderada.
El tercer argumento es que España “está incumpliendo la obligación de proveer de apoyos que permitan a las personas ejercitar su derecho al sufragio”. En este sentido la privación del derecho al voto también tiene que ver con la obligación de adaptar los procedimientos electorales para que sean «adecuados, accesibles y fáciles de entender y utilizar» para los ciudadanos y ciudadanas tal y como exige la Convención. Por ejemplo, la realización de programas electorales en lectura fácil.
Una encuesta realizada por Plena inclusión afirma que el 70% de las personas con discapacidad intelectual que sí pueden votar actualmente, acuden acompañadas a su colegio electoral, y más el 40% admite tener dificultades para comprender la información (cómo llegar al propio colegio, los horarios, ubicación de papeletas, etc.)