El pasado mes de octubre, el Consejo de Ministros aprobó el nuevo baremo para la Valoración y Calificación del Grado de Discapacidad. Las deficiencias detectadas en el anterior, de 1999, exigían desde hace tiempo, según el criterio de Plena inclusión, una actualización de la herramienta que asegurase un reequilibrio territorial de las cifras, muchas veces incorrectas, de personas con discapacidad intelectual reconocida. Y el nuevo sistema de medición, a juicio de la confederación, es más fiable, riguroso y accesible, entre otras razones, porque vincula el sistema de protección social con el acceso a derechos ciudadanos básicos.
El director de Plena inclusión España, Enrique Galván, se felicitó tras la aprobación del nuevo baremo, aunque reclamó que se proporcionen los recursos humanos suficientes para que “la nueva herramienta consiga sus objetivos”. Galván se refirió a la necesidad de agilizar las listas de espera, que en algunas comunidades autónomas llegan a los dos años, para lo que es necesario “formar al personal y dotar con más medios a las administraciones”.
Los nuevos criterios para valorar y calificar el grado de discapacidad están en sintonía con la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud que la Organización Mundial de la Salud (OMS) adoptó en 2001. Esto supone evolucionar desde un enfoque
médico-rehabilitador de la discapacidad hacia una consideración social, al tener en cuenta la participación social de estas personas y las barreras que encuentran en su entorno a la hora de ejercer este derecho.
Entre las novedades figura el establecimiento de un trámite de urgencia para la valoración por causas humanitarias, de especial necesidad social, de salud o de esperanza de vida, que incluirá, por ejemplo, a personas con enfermedades degenerativas, como la ELA, o a las víctimas de violencia de género.
El modelo aprobado en octubre permite, asimismo, agilizar y flexibilizar los trámites a través de medios telemáticos, asegurando la accesibilidad universal de todo el proceso.
El nuevo baremo avanza, además, en la valoración y calificación de realidades que causan discapacidad, como el autismo, los trastornos de salud mental o las enfermedades raras. La norma, de hecho, posibilita su revisión a medida que surjan nuevas causas de discapacidad o se realicen nuevos descubrimientos científicos.
Asimismo, señala la obligación de garantizar el derecho de los menores con discapacidad a ser informados, oídos y escuchados sin discriminación por razón de su edad.